Pensión para amantes

En Coahuila se autorizó el pago para la amante

En Coahuila se aprobó una pensión alimenticia cuando se haya terminado una relación extramarital, aunque no haya hijos de promedio.

La Ley para la Familia dónde aparece esta nueva clausula establece que es obligación  entregar una pensión a la persona con la que se tuvo una relación –aun estando casado-, esto para no dejar "desprotegida" económicamente a "la otra" porque está sola.

El artículo 128 dice que se ejerce dicha ley siempre y cuando este fundada en la afectividad, el consentimiento y la solidaridad aceptadas. Además, se deberá demostrar que existió una relación más o menos estable, aunque una de las partes esté casada o viva en concubinato. Otro requisito más es demostrar que existía una dependencia económica.

El tiempo que durará la entrega de la pensión será igual al que haya durado la pecaminosa relación.

La pensión deja de ser válida cuando el amante encuentre a alguien más a quién amar.

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